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¡ACOTA CORTE BLOQUEOS DE LAS CUENTAS DE LA UIF!

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró hoy que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sólo puede bloquear cuentas bancarias ante una solicitud expresa de una autoridad extranjera para dicha acción...

¡ACOTA CORTE BLOQUEOS DE LAS CUENTAS DE LA UIF!

* La Unidad no puede bloquear cuentas sólo porque reciba informes de que una persona o empresa está siendo investigada por algún gobierno extranjero, agregó la Corte

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró hoy que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sólo puede bloquear cuentas bancarias ante una solicitud expresa de una autoridad extranjera para dicha acción.

Es decir, agregó la Corte, la UIF no puede bloquear cuentas sólo porque reciba informes de que una persona o empresa está siendo investigada por algún gobierno extranjero, como se hizo con frecuencia en el sexenio recién concluido.

Por tres votos contra dos, la Segunda Sala aclaró una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, derivada de la jurisprudencia que la propia Sala emitió en 2019.

En esa tesis, la Sala estableció que los bloqueos de cuentas ordenados por la UIF son inconstitucionales, salvo cuando sean ejecutados para colaborar con otros países.

Esto llevó a la UIF a recurrir a la maniobra de bloquear cuentas con base en comunicaciones de agencias como la DEA, el FBI y otras del Gobierno estadounidense, en las cuales sólo se mencionaba la existencia de investigaciones contra una persona o empresa mexicanos.

Ejemplos de esta maniobra fueron bloqueos contra la cementera Cruz Azul, la empresa Pochteca, el ex director de Pemex, Emilio Lozoya, y el ex dueño de AHMSA, Alonso Ancira, por mencionar algunos.

Si bien tanto la Primera como la Segunda Sala de la Corte han declarado inconstitucional el bloqueo de cuentas de la UIF, el Congreso lo ha mantenido vigente en el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, por lo que la medida se sigue aplicando de manera rutinaria en casos que no involucran cooperación internacional.

La jurisprudencia aprobada hoy, sin embargo, será obligatoria para todos los jueces que conozcan de amparos contra la UIF, lo que hace previsible que casi todos los bloqueos serán suspendidos de inmediato.

Reclama Batres

En la sesión de hoy, la ministra Lenia Batres acusó a sus colegas de retirarle a la UIF sus facultades para bloquear cuentas, lo que consideró delicado, por los compromisos internacionales firmados por México para combatir el lavado de dinero.

También criticó que se emitiera jurisprudencia para interpretar lo dicho por la propia Corte en otra jurisprudencia, y no en la Constitución o alguna ley.

Javier Láynez replicó que no se le retiró facultad alguna a la UIF, sino que solo se aclaró que tiene que haber petición expresa de bloquear cuentas por parte de la autoridad extranjera.

"Ahora que se conoce esta interpretación, se facilitará el trabajo (de la UIF)", agregó el ministro Alberto Pérez Dayán.

El otro voto en contra fue de Yasmín Esquivel, que repetidamente estuvo hoy con Batres en una minoría que se opuso a proyectos contrarios a los intereses del Gobierno.