* Para la Corte tanto el Congreso como el Ejecutivo pueden crear libremente este tipo de órganos desconcentrados
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia resolvió hoy que fue legal la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) mediante un decreto del Ejecutivo.
Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte revocó el primero de varios amparos que han otorgado tribunales colegiados de circuito, que sostienen que la creación por decreto presidencial violó el principio de reserva de ley.
Lo anterior, porque la Ley del Servicio de Administración Tributaria (SAT) le sigue otorgando facultades en materia aduanera a dicho órgano, y si bien el Congreso no lo ha reformado, el Ejecutivo las trasladó por completo a la ANAM, al tiempo que puso en manos de militares el control operativo de todas las aduanas.
Al crear la ANAM por medio de un reglamento, el Presidente Andrés Manuel López Obrador no tuvo que someter a discusión en el Congreso la participación de los militares en este rubro ni tampoco la creación de dos nuevos fideicomisos que obtienen fondos de trámites aduaneros, y son controlados por las secretarías de Marina y de la Defensa Nacional.
Para la Corte, sin embargo, tanto el Congreso como el Ejecutivo pueden crear libremente este tipo de órganos desconcentrados.
"El Reglamento de la ANAM no vulnera el principio de subordinación jerárquica, porque la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que las Secretarías de Estado podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine, de conformidad con las disposiciones legales aplicables", se lee en la sentencia.
"En ese sentido, existe fundamento legal para que tanto el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal mediante un Reglamento Interior o decreto puedan crear órganos administrativos desconcentrados y, como consecuencia, establezcan las atribuciones y facultades que les correspondan".
En julio de 2021, cuando emitió el decreto de creación de la ANAM, el Ejecutivo incluyó un artículo transitorio, que aclaraba que el nuevo órgano solo funcionaría hasta que el Congreso aprobara los cambios necesarios a la Ley del SAT.
Pero en una reforma de diciembre del mismo año, López Obrador abrogó el decreto de julio, militarizó la operación de las aduanas, y ya no hizo mención de que fuera necesario aguardar alguna reforma legal para el funcionamiento de la ANAM.
A esta última, por tanto, le fueron transferidos todos los recursos humanos y materiales de la Administración General de Aduanas del SAT.
Varias empresas y personas físicas habían usado el argumento rechazado hoy por la Corte para impugnar multas y otras sanciones impuestas por la ANAM, alegando que sus funcionarios no tienen competencia legal en materia aduanera.
La Corte retomó precedentes que datan de la década de los 90, entre ellos, el que avaló la creación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) mediante un reglamento del Ejecutivo.