SCJN
*Consideró que hay datos en los contratos que podrían poner en peligro la seguridad nacional, así como revelar cuestiones de secreto comercial de las empresas farmacéuticas
*La Suprema Corte de Justicia de la Nación señala que la información clasificada es de lo contratos correspondientes a las vacunas de Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino
CIUDAD DE MÉXICO (Agencia).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el incremento de dos a cinco años el tiempo de reserva de información relacionada con la compra de las vacunas contra covid-19, bajo el argumento de que su difusión podría afectar la seguridad nacional.
El pleno de la Corte determinó darle la razón a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, que vía recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública impugnó dos resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) del 27 de mayo y 9 de junio de 2021, que ordenaban la entrega de esta información.
Específicamente, el pleno del INAI le requirió a la Secretaría de Salud entregar la versión pública de los contratos de compra realizados con las farmacéuticas AstraZeneca, Serum, Pfizer, CanSinoBIO, Sinovac y Sputnik, así como con el mecanismo COVAX, hechos durante la pandemia de covid-19, en 2021, a un ciudadano que había realizado su solicitud de información vía Plataforma Nacional de Transparencia.
En su recurso, la Consejería indicó que hay datos en los contratos que podrían poner en peligro la seguridad nacional y obstaculizar las medidas en contra de la pandemia, así como revelar cuestiones de secreto comercial de las empresas farmacéuticas, consideraciones con las cuales la Corte coincidió.
En consecuencia, los ministros determinaron que la divulgación de las versiones públicas de dichos contratos puede entregarse, pero no deben contener datos personales o información que ponga en peligro la seguridad nacional y al mismo tiempo, avalaron la ampliación de la reserva de la información a cinco años.
Es decir, que los datos que la Corte solicita que sean testados en las versiones públicas, no podrán ser dados a conocer sino hasta pasados los cinco años dados por esta nueva reserva.