*El personal naval debe realizarse análisis para que se conozca su estado de salud, decretó la Armada
CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Marina (Semar) estableció como "falta grave" entre sus elementos la negativa a realizarse estudios médicos, psicológicos o de laboratorio para conocer su estado de salud.
De negarse a esos análisis se sancionará con un arresto, dispuso la Semar.
En el Acuerdo Secretarial Número 123/2024, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, la dependencia incluyó dicha negativa en el catálogo de faltas graves de la Armada y añadió la número 43 a dicha lista.
"La negativa a que se le realicen los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio para diagnosticar su estado de salud para el cumplimiento del deber y de las funciones que le impone el servicio activo de la Armada de México", señala.
El Catálogo se componen de 32 faltas leves y ahora de 43 faltas graves. Las graves son sancionadas con el arresto del infractor.
Con la disposición reciente se modifica el Acuerdo Secretarial 403/2020, publicado el 24 de noviembre de 2020, en el que se dio a conocer el Catálogo de Faltas de la Armada, el cual tiene por objeto el impulso del "espíritu rector" de su Ley de Disciplina.
La Marina argumentó que su personal constituye el activo más valioso para hacer frente a los retos actuales y futuros en el cumplimiento de su misión, por lo que es necesario determinar que se encuentra en óptimas condiciones para el desarrollo de sus funciones.
"La cual exige un alto nivel de profesionalismo, adiestramiento y capacitación del personal naval, que debe encontrarse en un óptimo estado físico y de salud, comprobado a través de los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio", apuntó.
"Es necesario se actualice el Catálogo de Faltas de la Armada de México, a fin de establecer un supuesto normativo que permita determinar que el recurso humano de la institución armada cumple con el óptimo desempeño de sus funciones"
"Comprobado a través de los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio para el cumplimiento de su misión", añade el Acuerdo Secretarial, que mañana entra en vigor, de acuerdo con los transitorios del mismo.
El Catálogo de Faltas establece la clasificación de éstas a la disciplina naval del personal, en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Armada de México.
El personal naval desde su alta en el servicio activo cumplirá con los deberes navales de acuerdo con su jerarquía, cargo o comisión que desempeñe.
Por lo que contravenir lo anterior implica la comisión de faltas leves o graves, a la disciplina naval y procede la imposición de correctivos disciplinarios, según su gravedad, a fin de corregir la conducta y evitar la reincidencia.
"El Catálogo tiene como objetivo de impulsar el espíritu rector de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, integrando el marco de referencia que determina la clase de falta, su vinculación con los preceptos que se infringen y la graduación que le corresponda.
"A la vez que se busca homogeneizar la redacción y el concepto de las mismas, conformando una guía que sirva de base para establecer un criterio general, para los correctivos disciplinarios en la modalidad de arresto, tanto para el que impone, como para el que gradúa.
"La clasificación de las faltas se fundamenta en la acción u omisión que sancionan las disposiciones disciplinarias con motivo del incumplimiento de un deber naval", refiere la Secretaría de Marina.
Las faltas leves y graves cometidas por los Cadetes, Becarios y Alumnos de las Escuelas de Formación y Centros de Capacitación para la Armada, serán sancionadas conforme lo especifican sus propios reglamento