*La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal presentó un recurso de revisión para que la Sala Superior del TEPJF analice nuevamente los hechos y revoque la sentencia contra el presidente AMLO

CIUDAD DE MÉXICO.- Las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre las conferencias mañaneras de AMLO no fueron del agrado del gobierno federal, ya que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) calificó como ‘irresponsable’ lo determinado por los magistrados electorales y presentó un recurso para que analicen nuevamente los hechos.

¡TRIBUNAL ELECTORAL RATIFICA A AMLO INFRACCIONES POR 3 MAÑANERAS!
Al presidente López Obrador se le acusa de uso indebido de programas sociales así como la violación de imparcialidad, neutralidad y equidad en las elecciones de este 2024…
“La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal presentó un recurso de revisión para que la Sala Superior del TEPJF analice nuevamente los hechos y revoque la sentencia por carecer de los elementos mínimos de fundamentación y motivación, por lo que se hace un nuevo llamado a los magistrados electorales a efecto de que sus resoluciones se sustenten en pruebas, y no en suposiciones personales”, indicó.

A través de un comunicado, la Consejería asegura que la Sala Regional Especializada del Tribunal resolvió “con evidente carencia argumentativa y sin prueba alguna” que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) usó indebidamente los programas sociales y coaccionó al voto.

“Los magistrados electorales omiten sustentar, con elementos objetivos, cómo es que una simple expresión se traduce en la coacción de más de 35 millones de personas que votaron a favor de continuar la transformaciones de nuestro país”, refirió.

Además, en este posicionamiento -que es el segundo de la Consejería tras las resoluciones del Tribunal Electoral- señaló a los magistrados Luis Espíndola Morales, Rúben Lara Patrón y Mónica Lozano Ayala como “pitonisos”, por “considerar que las manifestaciones vertidas por el titular del Ejecutivo federal, durante las conferencias de prensa del 9 y 11 de mayo, tenían como intención establecer un mecanismo de presión para dirigir el sentido del voto de la ciudadanía”.

Esto, indica la resolución del Tribunal Electoral, por emplear una línea argumentativa que condicionó la vigencia o beneficios de los programas sociales.

“Las afirmaciones vertidas en la sentencia son tan generales y banales, que el propio magistrado Lara Patrón se apartó de los motivos expuestos al considerar que no se había realizado un estudio exhaustivo, ya que en la resolución sólo se señala “de manera dogmática la actualización de las infracciones, sin precisar mayores argumentos y realizar un estudio pormenorizado de cada una de ellas; no obstante, votó a favor del proyecto”, detalló la Consejería.

Además, agregó que los magistrados del Tribunal Electoral no explican cuál es el programa social que “fue utilizado de forma indebida” y la forma en que se materializó el condicionamiento a los beneficiarios.

Por tanto, recordó que la propia Sala Superior del TEPJF había determinado que la emisión de expresiones que reflejan una postura política y crítica por parte del presidente de México como parte del debate público “no constituyen un llamamiento al voto por algún partido político o candidatura”.