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¡SENADO APRUEBA MECANISMOS DE CONTROL Y LÍMITES DE USO DE LA FUERZA DE AUTORIDADES DE SEGURIDAD!

La Cámara de Senadores aprobó con 99 votos a favor el proyecto para fortalecer los mecanismos de control y verificación de la legitimidad y los límites de uso de la fuerza de las autoridades encargadas de la seguridad pública...

¡SENADO APRUEBA MECANISMOS DE CONTROL Y LÍMITES DE USO DE LA FUERZA DE AUTORIDADES DE SEGURIDAD!

* Con los mecanismos se precisa reducir los daños a la vida, a la integridad de las personas involucradas y sus bienes, así como la afectación de los derechos de las personas. En cuanto al uso de la fuerza, se debe salvaguardar la vida, las libertades, integridad y patrimonio de las personas.

CIUDAD DE MÉXICO (Agencias).- La Cámara de Senadores aprobó con 99 votos a favor el proyecto para fortalecer los mecanismos de control y verificación de la legitimidad y los límites de uso de la fuerza de las autoridades encargadas de la seguridad pública, con apego a las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Dicho proyecto de decreto, remitido al presidente, Andrés Manuel López Obrador, reforma la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, argumentó que la propuesta contribuye a establecer los límites del uso de la fuerza de aquellas autoridades encargadas de la seguridad pública, al dotar de mayor claridad a la ley.

Sánchez Cordero consideró que es benéfica para la ciudadanía, pues establece las reglas mínimas y no limitativas en el uso de la fuerza en casos extraordinarios.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, Rafael Espino de la Peña, destacó cuatro conceptos esenciales del proyecto de ley: uso de la fuerza, racionalidad, oportunidad y lesión grave.

Además, dijo que sienta las bases para el uso de la fuerza en casos extraordinarios y se ofrecen mayores condiciones de certeza jurídica a los gobernados y garantías para proteger y tutelar sus derechos.

Espino indicó que el proyecto de decreto reforma los artículos 3, 4 y 6 de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, señaló que se ponderan los principios de racionalidad, al valorar las circunstancias de la agresión, las características personales y las capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas de seguridad.

Con la aprobación de los mecanismos se precisa como criterio de oportunidad procurar reducir al máximo los daños y afectaciones a la vida, a la integridad de las personas involucradas y sus bienes, así como a la afectación de los derechos de las personas.

También se recomienda el uso de armas menos letales o de fuego con la finalidad de neutralizar a los agresores y proteger la integridad de la autoridad o de personas ajenas, con alta probabilidad de dañar gravemente al agresor.

En cuanto al uso de la fuerza, la finalidad es salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación, preservación o restablecimiento del orden público, seguridad y la paz social.

El proyecto de ley establece que el Estado tiene la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos, y las autoridades encargadas de la seguridad pública deben apegarse a los principios dispuestos y evitar las violaciones a los derechos humanos.

Además, reconoce que existen circunstancias en las cuales el uso de armas de fuego puede ser eventualmente inevitable, pero es un deber para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en relación con la administración de justicia, garantizar la protección del derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas, así como la responsabilidad de mantener la seguridad pública y la paz social.