* Se fija otra audiencia incidental

Por Manuel Hernández 
Reportero de NOTIVER 

Este jueves trascendió que un juez Federal concedió una suspensión provisional al Senador electo Miguel Ángel Yunes Márquez, por lo que se frena la orden de aprehensión emitida en su contra.

Cómo se sabe el ex alcalde de Boca del Río, enfrenta una acusación de un juez de Pacho Viejo, por una presunta responsabilidad en los delitos de falsificación de documentos y fraude procesal cuando fue candidato a la alcaldía en 2021.

El acuerdo fue publicado este jueves 18 de julio en el Consejo de la Judicatura Federal del expediente 617/2024 y se indica que fue concedida la suspensión provisional respecto a la orden de aprehensión y su ejecución no surtirá efecto legal, dice.

"Con fundamento en el numeral 166 de la ley de Amparo se concede la suspensión provisional para el efecto de que el quejoso... Cabe aclarar que la medida de suspensión que se concede respecto a la orden de aprehensión y su ejecución no surtirá efecto legal alguno si se trata de actos posteriores a su concesión".
"Si se sorprende a la parte quejosa en delito flagrante en términos de los párrafos quinto y sexto del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o si los actos reclamados fueron emitidos por autoridades distintas a las que se reclama dicha orden de aprehensión", señala el documento.

A la par se agrega que para la audiencia incidental se fija "a las 11 horas con 15 minutos del 24 de julio de 2024".

Respecto a la medida de aseguramiento el acuerdo del juzgado, apunta que la medida cautelar concedida respecto de los actos reclamados surte efectos desde luego pero dejará de hacerlo si la parte promovente Miguel Ángel Yunes Márquez no cumple con la siguiente medida de aseguramiento".
"Constituir garantía de conformidad con lo dispuesto por el artículo 168 de La ley de Amparo la parte que cosa deberá otorgar dentro del término de cinco días la cantidad de 10 mil 500 la que se fija tomando en consideración lo manifestado en la demanda de Amparo, que no se cuenta con elementos suficientes para determinar la naturaleza".

En cuanto al apercibimiento la parte juzgadora indica que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 136 párrafo segundo de la ley de Amparo la medida cautelar dejará de surtir efectos si el quejoso no cumple con el requisito señalado dentro del término de cinco días legalmente computados y lo acredita este juzgado".

Se agrega "además respecto a los diversos actos reclamados consistentes en la solicitud y emisión de la notificación ficha roja, así como la orden detención provisional con fines de extradición y su ejecución con fundamento en los numerales 15 y 126 de la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la constitución política, se concede la provisional".

Fue la jueza Jovita Vargas Alarcón, titular del Juzgado Noveno de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, le otorgó a Yunes Márquez la medida suspensional y también le concedió la suspensión provisional contra la emisión de la ficha roja y la orden de detención con fines de extradición.

Yunes Márquez interpuso la demanda de garantías el pasado 16 de julio de este año, contra la resolución del juez de control y enjuiciamiento del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Decimoprimer Distrito Judicial en Xalapa, Óscar Luis Lozada Hernández.

El acuerdo publicado este jueves 18 de julio en el Consejo de la Judicatura Federal, del expediente 617/2024, se indica que fue concedida la suspensión provisional, y apunta que la suspensión respecto a la orden de aprehensión y su ejecución no surtirá efecto legal alguno si se trata de actos posteriores a la fecha en que fue otorgada esta medida.