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¡LA LIBRA! - YA SE SUPO

El ex fiscal especializado en combate a la corrupción en Veracruz, Marcos Even “N”, logró tirar la orden de aprehensión emitida el primero de marzo de 2022 en su contra. Lo anterior, luego de que un juez federal anuló la orden de aprehensión...

¡LA LIBRA! - YA SE SUPO

* Marcos Even gana a la FGE
* Anulan la orden de aprehensión en su contra

Por Noemí Valdez
Reportera de NOTIVER

El ex fiscal especializado en combate a la corrupción en Veracruz, Marcos Even “N”, logró tirar la orden de aprehensión emitida el primero de marzo de 2022 en su contra.

Lo anterior, luego de que un juez federal anuló la orden de aprehensión en su contra en la causa penal 47/2022.

Al exfuncionario se le relacionó con la privación ilegal de la libertad y desaparición forzada de Francisco Zárate, ex escolta del exfiscal general estatal Luis Ángel Bravo Contreras.

Los hechos supuestamente ocurrieron en el 2018, cuando Zárate fue presuntamente detenido con el objetivo de obtener información sobre el paradero de Bravo Contreras, quien en ese momento se encontraba evadido de las autoridades.

Fue en el 2019 cuando un juez de control del penal de Pacho Viejo giró órdenes de aprehensión contra el exfiscal general Jorge “N” y cinco de sus colaboradores, incluidos Luis Eduardo “N” y Marcos Even “N”, por su presunta participación en estos actos.

La sentencia de amparo, dictada por el juez Decimoquinto de Distrito en Veracruz, establece que "la Justicia de la Unión ampara y protege al quejoso, contra el acto reclamado y autoridad puntualizados".

La resolución concluyó que no se justificaba la necesidad de cautela para solicitar la captura de Marcos Even “N”, lo que llevó a la orden de notificar a la Fiscalía General del Estado para cancelar la aprehensión.

El juez también dejó abierta la posibilidad de que la Fiscalía explore mecanismos procesales alternativos, conforme al artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, si considera necesario insistir en la conducción de Marcos Even “N” al proceso penal.

Según la resolución, cualquier nueva solicitud deberá estar sustentada en elementos adicionales, en cumplimiento de los artículos 142 y 143 del mismo código.

La decisión también señaló que la negativa de la orden no excluye la aplicación de medidas menos restrictivas, como la comparecencia voluntaria, para garantizar la presencia del implicado ante el proceso judicial.