* No han actuado dice Ruth Callejas

Por NOEMÍ VALDEZ
Reportera de NOTIVER

La diputada local, Ruth Callejas Roldán, acudió - por segunda ocasión-, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para demandar que se apliquen las medidas cautelares a su favor y se proceda contra el Secretario de Gobierno, Eric Patrocinio Cisneros Burgos.

Cabe recordar que la legisladora fue atacada por el Secretario de Gobierno Eric Patrocinio Cisneros Burgos, en la pasada comparecencia, por lo que la congresista puso una denuncia por violencia política de género.

En marzo del 2023, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) otorgó a la diputada de Movimiento Ciudadano, medidas cautelares contra el funcionario.

De manera preventiva y a efecto de evitar la posible consumación de hechos o actos irreparables en perjuicio de la congresista, el Tribunal Electoral determinó que lo procedente es vincular al Instituto Veracruzano de las Mujeres y al Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Veracruz, sin embargo, no han procedido.

Por ello, la diputada acudió a interponer un “Recurso de Reconsideración en contra de la Sentencia al expediente SX-JDC-206/2023, por la cual resolvieron confirmar la Sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz que determinó improcedentes las Medidas Cautelares solicitadas por la suscrita, sin que se ordenara la emisión de un nuevo Acuerdo que subsanara las omisiones que -a su decir-, contenían el Acuerdo controvertido y, por tanto, me siguen negando el amparo y la emisión de las “Medidas de Protección”, en contra de las manifestaciones y declaraciones que el Secretario de Gobierno que ha hecho de forma sucesiva, y que las mismas, han originado que la suscrita tenga burlas, mofas y descalificativos”.


En ese sentido, dijo que la Sala Superior del TEPJF está desechando el Recurso de Reconsideración porque –a su decir-, en el mismo no subsiste algún tema de Constitucionalidad –solo de legalidad-, no se está resolviendo el fondo del Procedimiento Especial Sancionador, solo respecto de las Medidas de Protección que había otorgado la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del OPLEV y que el Tribunal Electoral de Veracruz determino improcedentes.

Por unanimidad, los magistrados señalaron que se justificaba la emisión de las medidas de protección de manera preliminar, a fin de salvaguardar los derechos político-electorales y la integridad de la promovente, pero las autoridades no actuaron en consecuencia.