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¡PRD VS. LIZZETTE! -* Por Propaganda de Chío en el Malecón

El Partido de la Revolución Democrática (PRD), interpuso una queja contra la alcaldesa de Alvarado, Lizzette Álvarez Vera, por usar a empleados municipales para colocar propaganda en la demarcación que encabeza y usar, mobiliario público.

¡PRD VS. LIZZETTE! -* Por Propaganda de Chío en el Malecón

XALAPA, Ver. (De la Corresponsalía).- El Partido de la Revolución Democrática (PRD), interpuso una queja contra la alcaldesa de Alvarado, Lizzette Álvarez Vera, por usar a empleados municipales para colocar propaganda en la demarcación que encabeza y usar, mobiliario público.


Los quejosos mostraron fotografías y videos donde exhiben que los trabajadores municipales están colocando pendones en el boulevard con publicidad del Partido Verde, previo al cierre de precampaña de la precandidata, Rocío Nahle.

¡PRI Y PAN VAN POR LAS BARDAS! -”...todo lo que tenga que ver con equipamiento urbano es obligación de los partidos políticos de respetar ese espacio en virtud de haber sido construidos con recursos públicos...”
Los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional en Veracruz, presentarán varias quejas ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE) por “la pinta” de bardas en panteones municipales con propaganda de MORENA y su precandidata a la gubernatura Rocío Nahle…

El PRD acusó a la alcaldesa de violación a lo dispuesto en el artículo 134 constitucional. Uso de recursos públicos.

Falta el deber de cuidado al ordenar a trabajadores del Ayuntamiento de la colocación de propaganda política electoral, en espacios de equipamiento urbano.

Para ello presentaron documentación, fotografías y constancias donde se prueba este acto, por lo que pidieron sanciones correspondientes.

"En el malecón Marco Antonio Muñoz de Alvarado, empleados del ayuntamiento colocan pósteres del partido verde de roció Nahle en equipamiento urbano, la ley lo prohíbe y además del uso de recursos públicos se nota claramente que dichos postes no son de material reciclable"

Alvarado, demarcación conocida también como "La Generosa", es parte de la zona metropolitana que integran los municipios de Medellín de Bravo, Boca del Río y el puerto de Veracruz, en la región centro de la entidad.

Cabe mencionar que en diversas ocasiones el árbitro electoral ha pedido a los alcaldes y demás autoridades no intervenir en el proceso electoral.

El artículo 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas define al desvío de recursos públicos como la asignación o desvío de recursos públicos, ya sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.

El desvío de recursos públicos para fondear campañas tiene varias formas de materializarse, una de ellas es usar equipo y personal con cargo al Ayuntamiento para actividades políticas.

Algunas de las sanciones posibles son: Suspensión del empleo, cargo o comisión: Esta sanción implica la suspensión temporal de las funciones del servidor público por un período de treinta a noventa días naturales.

Es importante tener en cuenta que, en este caso, también se configura un delito electoral por lo que el funcionario podría incluso ser denunciado por la vía penal.

Cabe precisar que fue MORENA quien modificó la Constitución y aquellas personas que cometan un delito electoral se les castigan con cárcel de manera preventiva oficiosa, en tanto, se resuelve su situación jurídica.