* También obtiene amparo
* Ya tiene que salir de la cárcel

Por NOEMÍ VALDEZ
Reportera de NOTIVER

Este viernes, Luis Enrique Gonzales Lira, abogado del exsecretario de Gobierno, Rogelio Franco Castán, informaron que la justicia federal lo amparó contra la prisión preventiva justificada dictada en el proceso de retención de menores.

Al respecto, dijeron que el Juez ordenó que, en las próximas 24 horas, el juez de control responsable fije fecha para audiencia misma, que no deberá de exceder de 5 días para que deje insubsistente la prisión preventiva justificada y se impongan las medidas cautelares que correspondan.

“Se está dejando sin efecto la única prisión preventiva que lo mantiene en prisión en Amatlán, la sentencia amparadora es de carácter inmediato” dijo el abogado quien no descartó que ahora le otorguen la prisión domiciliaria.

El abogado, dijo que su cliente tenía al menos siete carpetas de investigación en su contra y no descartó que la Fiscalía continúe buscando otros delitos para mantenerlo en prisión, pero, por ahora, la justicia federal lo ha amparado.

De acuerdo al amparo, en el debate acontecido entre las partes en la audiencia inicial deberá pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar hecha por la Fiscalía en contra del citado quejoso, a fin de decidir, en su caso, imponer una o combinar varias de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Nacional Procedimientos Penales, pero distintas
a la prisión preventiva.

Con esta sentencia, obtiene su inmediata libertad, pues el exfuncionario
aún permanece privado de la libertad en el que se le acusa del delito de sustracción de menores, del fuero común.

En mayo pasado, la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia Contra la Familia, Mujeres, Niñas, Niños y Trata de Personas realizó imputación en contra
de Rogelio “N” dentro del proceso penal 205/2023.
El exfuncionario fue señalado como presunto responsable del delito
de sustracción o retención de menores o incapaces cometidos en agravio de la víctima con identidad resguardada, hechos ocurridos desde el año 2020 hasta marzo del 2021 cuando el ahora imputado retuvo a la víctima sin el consentimiento de su progenitora, recibiendo la medida cautelar de prisión preventiva justificada por un año.